Teletrabajo: el mismo registro, con una exigencia añadida
Trabajar desde casa no crea una obligación nueva de registro. Crea una obligación de que el registro sea verdad —y quita la prueba informal que antes daba la oficina.
Lo que dice el art. 14 de la Ley 10/2021
Es un artículo corto y conviene leerlo entero, porque cada parte tiene consecuencias: el sistema de registro es el del art. 34.9 ET, conforme a lo establecido en la negociación colectiva, y deberá reflejar fielmente el tiempo que la persona dedica a la actividad laboral, sin perjuicio de la flexibilidad horaria, incluyendo entre otros el momento de inicio y finalización de la jornada.
- No es un registro aparte. Es el mismo, con las mismas reglas: cuatro años, a disposición de la persona, de sus representantes y de la Inspección.
- «Reflejar fielmente» es un criterio de verdad. Una plantilla con el mismo horario todos los días no cumple si el tiempo real es otro.
- La flexibilidad no exime. Se puede trabajar a horas distintas cada día; lo que no se puede es no registrarlas.
- «Entre otros» es un suelo, no un techo. El convenio puede exigir más, y muchos lo hacen.
Lo que debe constar en el acuerdo de trabajo a distancia
El art. 7 de la misma ley fija el contenido mínimo. Cuatro puntos afectan directamente al control horario:
- El horario de la persona trabajadora y, dentro de él, las reglas de disponibilidad.
- El reparto entre trabajo presencial y a distancia.
- Los medios de control empresarial de la actividad. Lo que no esté aquí, no se hace.
- Las instrucciones de protección de datos específicas del trabajo a distancia, adoptadas con participación de la representación legal, y las de seguridad de la información.
Lo que no le vamos a vender
Varias plataformas del mercado ofrecen capturas de pantalla periódicas, puntuaciones de actividad, conteo de pulsaciones y geolocalización continua. Nosotros no ofrecemos nada de eso:
- Implica un tratamiento mucho más invasivo que registrar una hora, y la evaluación de impacto la tiene que defender usted.
- Mide presencia ante un teclado, que no es trabajo, como sabe cualquiera que haya movido el ratón.
- Le dice a su equipo que no se fía, y eso cuesta más de lo que ahorra.
Una hora de inicio, una de fin y las pausas responden a todo lo que la ley pregunta. Si alguien está haciendo un buen trabajo es una pregunta de dirección, y siempre lo fue.
Cómo funciona en la práctica
- Fichaje en el navegador o en el móvil, sin instalar nada de ninguna tienda. Cómo es la aplicación.
- Los descansos se comprueban sobre el día de cada persona, lo que importa si el equipo está en husos distintos.
- Con el módulo de horario flexible, bolsa de horas con margen diario y el periodo de cómputo de su propio convenio: el programa sigue su política, no una nuestra.
- La ubicación está apagada salvo que usted active los lugares de fichaje, y entonces se comprueba en el instante del marcaje, nunca de forma continua.
Preguntas frecuentes
¿Hay que fichar teletrabajando?
Sí, y es el mismo registro. El art. 14 de la Ley 10/2021 remite al sistema del art. 34.9 ET y añade una exigencia propia: debe reflejar fielmente el tiempo dedicado a la actividad laboral, incluyendo el inicio y el final de la jornada.
¿Vale un horario fijo copiado todos los días?
Ahí está el problema. «Reflejar fielmente» es un criterio de veracidad: una plantilla que repite 09:00–18:00 mientras la persona trabaja otras horas no refleja nada, y es exactamente lo que se cae en una inspección o en un juicio.
¿La flexibilidad horaria exime del registro?
No. El art. 13 de la misma ley reconoce el derecho a flexibilizar el horario, y el art. 14 mantiene el registro «sin perjuicio de la flexibilidad». Se registra lo que se trabaja, aunque se trabaje a horas distintas cada día.
¿Podemos vigilar el ordenador de casa?
Es una pregunta muy distinta a registrar la jornada, y mucho más delicada. El acuerdo de trabajo a distancia debe recoger expresamente los medios de control empresarial (art. 7.h de la Ley 10/2021) y las instrucciones de protección de datos, adoptadas con participación de la representación legal. Nosotros no hacemos capturas de pantalla ni medimos actividad, y nos lo pensaríamos mucho antes de comprarlo.
Fuentes, consultadas el 23 de septiembre de 2026: Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, arts. 7, 13 y 14 (texto consolidado del BOE, sin modificaciones); Estatuto de los Trabajadores, art. 34.9.
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